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Opiniones y sugerencias

 

 

Sistema de Gestión Medioambiental: La parte del sistema general de gestión que incluye la estructura organizativa, la planificación de las actividades, las responsabilidades, las practicas, los procedimientos, los procesos y los recursos para desarrollar, implantar, llevar a efecto, revisar y mantener al día la política medioambiental

Política Medioambiental: Es una declaración pública y formalmente documentada, por parte de la alta  dirección, sobre las intenciones y principios de acción de la organización acerca de su actuación medioambiental, en la que se destacan sus objetivos generales, incluido el cumplimiento de todos los requisitos normativos correspondientes al medio ambiente.

Comportamiento medioambiental: Es el conjunto de efectos medioambientales de las actividades, productos y servicios de la organización.

Programa de gestión medioambiental: Documento donde se establecen los medios para lograr los objetivos y metas medioambientales.

Objetivos : Son los fines que la organización se propone alcanzar, en cuanto a actuación medioambiental y de Calidad, programados cronológicamente y cuantificados en la medida de lo posible.

Metas : Son requisitos detallados de actuación, siempre que sea posible cuantificados, aplicables a la organización o a parte de esta, que  tienen su origen en los objetivos medioambientales y de Calidad y que se deben cumplir para alcanzar dichos objetivos.

Mejora continua: Proceso de intensificación del sistema de gestión medioambiental para la obtención de mejoras en el comportamiento medioambiental global, de acuerdo con la política medioambiental de la organización.

Partes interesadas: Cualquier entidad, organismo, asociación, grupo o persona que tenga interés en los efectos medioambientales de las actividades de la organización.

Medio Ambiente: Entorno en el cual una organización opera, incluyendo el aire, el agua, la tierra, los recursos naturales, la flora, la fauna, los seres humanos y sus interrelaciones.


ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES

Aspecto medioambiental: Elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que puede interactuar con el medioambiente.

Impacto medioambiental: Es cualquier acción transformadora o cambio ocasionada directa o indirectamente por las actividades, productos y servicios de una organización en el medio ambiente, sea perjudicial o beneficiosa.

Contaminación: Es la introducción mediante la actividad humana directa o indirectamente de sustancias, preparados, calor o ruido en la atmósfera, en el agua o en el suelo, que pongan en peligro, o contribuya a poner en peligro, la salud del hombre, que cause daños a los recursos biológicos, los ecosistemas o los bienes materiales, o que deteriore o perjudique el disfrute y otras utilizaciones legítimas del medio ambiente.

Evaluación del efecto medioambiental: Es una evaluación documentada de la importancia medioambiental que tienen los aspectos producidos por las actividades, productos y servicios de la organización (existentes o previstos) sobre el medio ambiente.

Sustancia: Elementos químicos y compuestos, tal como se presentan en estado natural o son producidos por la industria, en forma sólida,  liquida, gas o vapor. En caso de mezclas o soluciones compuestas por una o más sustancias se denominan preparados.

Caracterización: Es el proceso de determinar, aunque sea de forma aproximada, las propiedades físicas, químicas y toxicologicas de dicha sustancia, con vistas a facilitar su posterior clasificación como residuo inerte (RI), asimilable urbano (RSU) o tóxico y/o peligroso. Esta Caracterización del residuo puede implicar la realización de ensayos físicos y químicos del mismo. Los ensayos deben ser realizados por organismos componentes o personal adecuadamente formado, con el auxilio de métodos normalizados y reconocidos siempre que sea posible. Los resultados deben ser registrados y archivados.

Residuo tóxico y/o peligroso, RP: Los materiales sólidos, pastosos, líquidos, así como los gaseosos contenidos en recipientes que siendo el resultado de un proceso de producción, transformación, utilización o consumo, su productor destine al abandono y contenga alguna disposición contenida en el anexo de la ley 20/1986. Ejemplo: disolventes alógenados, aceites usados, taladrinas, envases vacíos de pintura, de grasa, etc. , restos de serrín y/o sepiolita empapados con aceite, las sustancias químicas, etc.

Residuo inerte, RI: Son los residuos sólidos o pastosos que una vez depositados en un vertedero no experimenta transformaciones físico - químicas o biológicas significativas y no son considerados como tóxicos y peligrosos. Los residuos inertes se clasifican en residuos industriales inertes (Ejemplo: Plásticos, vidrio, chata-rra metálica,  etc.) y residuos de construcción inertes (escombros). Ver decreto 423/1994 Comunidad autónoma para más información.

Residuo urbano o asimilable urbano, RSU: Ejemplo: restos de cafetería (vasos, latas, envoltorios, restos de comidas, papel, etc.)

Emisión, EA: La expulsión de una sustancia, preparado, calor o ruido a la atmósfera que puedan contaminar o contribuir a contaminar. Ejemplos: anhídrido sulfuroso y otros compuestos de azufre, óxidos de nitrógeno y otros compuestos de nitrógeno, monoxido y dioxido de carbono, compuestos orgánicos volátiles, metales pesa-dos y sus compuestos, polvo, amianto (partículas en suspensión y fibras), fibras de vidrio y fibras minerales, cloro y sus compuestos, flúor y sus compuestos, arsénico y sus compuestos, amoniaco, cianuro y fluoruro de hidrogeno, ácido nítrico, sustancias y preparados respecto de los cuales se haya demostrado que poseen pro-piedades carcinogenicas a través del aire.

Vertido, V: La expulsión de una sustancia o preparado a  un sistema de alcantarillado. Ejemplo: compuestos organohalogenados y sustancias que puedan dar origen a compuestos de esta clase en el medio acuático, compuestos organofosforados, compuestos organoestaticos, sustancias cuyas propiedades cancerígenas en el medio acuático o vía el  medio acuático estén demostradas, mercurio y compuestos de mercurio, cadmio y compuestos de cadmio, aceites minerales persistentes e hidrocarburos de origen petrolífero persistentes, sustancias sintéticas persistentes que puedan flotar, permanecer en suspensión o hundirse, y causar perjuicio a cualquier utilización de las aguas, zinc, cobre, níquel, cromo, plomo, selenio, arsénico, antimonio, molibdeno, titanio, estaño, bario, berilio, boro, uranio, vanadio, cobalto, talio, teluro, plata.

Contaminación del suelo, CS: Lo mismo que en los dos puntos anteriores pero cuando se aplica a la superficie terrestre o bajo tierra mediante  el deposito, almacenamiento o evacuación.

Inmisión, I:  En un SGMA las inmisiones se refieren a la contaminación exterior de las explotaciones y su relación con el biotopo y la biocenosis. En el sistema de Prevención de Riesgos Laborales, las mediciones son realizadas por el Dpto. de salud e higiene y se toman como valores de referencia los indicados en la legislación, en caso contrario recurriremos a los valores T.L.V de la A.C.G.I.H norteamericana donde se expresan las concentraciones en el aire de diferentes sustancias.

Ruido, R: Sonido no deseable. Su regulación normalmente suele venir indicada en los requisitos impuestos en la licencia de apertura de la actividad o en las ordenanzas municipales.

Calor, C: Temperatura no deseable. (Regulado según norma o procedimiento interno)


Instalaciones de riesgo medioambiental: son aquellas instalaciones sometidas a regulación especifica que en situaciones normales de funcionamiento pueden provocar vertidos o emisiones con efectos medioambientales.

Mejores técnicas disponibles: la fase más avanzada de desarrollo de las actividades, procedimientos y métodos de trabajo que dan la medida de la adecuación práctica de determinadas técnicas, sobre las cuales se basen los valores limites de emisión, para evitar o, cuando ello no sea practicable, reducir al mínimo las emisiones al medio ambiente en su conjunto, sin predeterminar cualesquiera tecnologías especificas u otras técnicas.

Técnicas: la tecnología utilizada con la forma en que la instalación esté diseñada, construida, mantenida, explotada y desmantelada; las técnicas deberán ser viables, desde un punto vista técnico y económico, en el sector de la industria correspondiente.

Disponible: desarrollada a una escala que permita su aplicación en el contexto industrial correspondiente, en condiciones económicas viables, tanto si las técnicas se utilizan o producen en el estado miembro correspondiente como si no, siempre que sean razonablemente accesibles para la empresa.

Mejor: más eficaz para alcanzar un alto nivel de protección para el medio ambiente en su conjunto, teniendo en cuenta los beneficios y costes que pueden derivarse de una acción o de la falta de la misma. Nota: aspectos que deben tenerse en cuenta a la hora de elegir las mejores técnicas disponibles:

  • Uso de tecnologías que produzcan pocos residuos.
  • Fomento de la recuperación y reciclado de sustancias generadas y utilizadas en el proceso, cuando proceda.
  • Comparibilidad de procesos, instalaciones o métodos de funcionamiento que hayan sido puestos a prueba recientemente y con éxito.
  • Avances tecnológicos y cambios de los conocimientos y conceptos científicos.
  • Carácter y volumen de las emisiones de que se trate.
  • Plazos para la instalación de las técnicas.
  • Consumo de materias primas (incluida el agua), energía empleada en el proceso y su carácter.
  • Necesidad de prevenir o reducir al mínimo el impacto global de las emisiones en el medio ambiente
 

11/27/06 06:26

Una letra C invertida ("reversed c"), es el símbolo más común, como contrapartida del símbolo copyright, sin reconocimiento legal.

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