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Además de las circunstancias de precariedad económica
y exclusión laboral, que pueden fomentar la actividad delictiva
de una parte de las mujeres gitanas, en los procesos de criminalización
interactúan dos importantes factores que hacen que la tasa de mujeres
gitanas en la cárcel sea tan elevada. El primero, la discrecionalidad
del sistema penal, que selecciona a los grupos más desfavorecidos
de la sociedad; el segundo, la escasa capacidad de tutela de las mujeres
gitanas en este ámbito. El desconocimiento casi absoluto que poseen
de los derechos que les asisten, así como del funcionamiento del
procedimiento, hace que sean mucho más vulnerables ante la eventual
falta de garantías a lo largo del proceso penal.
En este apartado se proponen una serie de medidas para
tratar de modificar las circunstancias apuntadas dentro de dos líneas
de acción:
1. Propuestas dirigidas a conocer y prevenir la discriminación
de las mujeres gitanas y su especial selección, en la actuación
de las distintas instancias del sistema penal.
2. Propuestas dirigidas a aumentar las garantías y la capacidad
de defensa de las mujeres gitanas ante el sistema penal.
1. Propuestas dirigidas a conocer y prevenir la discriminación
y la especial selección de las gitanas en la actuación de
las distintas instancias del sistema penal.
Como se ha visto en el apartado "Mujeres gitanas
y procesos de selección penal", la actuación de las
instancias que intervienen en el sistema penal no es neutra. Existen en
cada uno de los engranajes de la cadena punitiva, desde la decisión
de tipificar una conducta como delito hasta la de conceder la libertad
condicional a una persona presa, un sinfín de resquicios para la
discrecionalidad. Estos resquicios funcionan a modo de filtros, favoreciendo
la expulsión del sistema de unos grupos sociales y la permanencia
de otros.
La actuación selectiva de las instancias de control
no obedece a ningún mandato supremo, ni siquiera a la infiltración
en su seno de profesionales especialmente racistas o clasistas. Se debe
al hecho de que los y las profesionales de la cadena de control penal
son personas y, como tales, poseen prejuicios, ideologías, vivencias,...
Circunstancias todas ellas que posibilitan una mayor identificación
y complicidad (subconsciente) con los grupos sociales más afines
en experiencias, clase social o etnia.
Las alternativas que aquí se proponen están
dirigidas a transformar algunas actuaciones de las instancias de control
penal. Los cambios que se plantean tienen gran importancia, pues podrían
generar, además, un cambio de actitud dentro de la comunidad gitana
hacia las instituciones.
El reconocimiento de la legitimidad de las leyes y su
sistema de aplicación es el mecanismo más eficaz frente
a las actividades delictivas o antisociales. En el caso de la comunidad
gitana, la legalidad "paya" ha sido a lo largo de la Historia
una legalidad opresora, perseguidora, lo que hace muy difícil este
reconocimiento en la actualidad. Éste sólo puede ganarse
desde el respeto más escrupuloso al principio de no discriminación,
conociendo y corrigiendo actuaciones selectivas y respetando al máximo
las garantías en el proceso de un colectivo con una escasa capacidad
de tutela en este ámbito.
Desde esta perspectiva, las propuestas son las siguientes:
En primer lugar,
las distintas administraciones deberían realizar el esfuerzo
de recoger todos los datos relativos al proceso penal, desde el
principio hasta el final (en comisaría, en el juzgado de guardia,
en la fase de instrucción, en el juicio oral, en la fase de ejecución
de la sentencia, en el medio penitenciario). Ello permitiría
tener una idea del proceso como algo dinámico y jalonado de decisiones-filtro.
Conocer las
consecuencias de los espacios de discreccionalidad de las instancias
que intervienen en el proceso penal. Para intervenir contra las
prácticas discriminatorias de las instancias de control, es preciso
conocer exactamente en qué espacios del proceso se producen.
En los países anglosajones y en otros países con sistemas
jurídicos más afines al español, se realizan asiduamente
estudios sociológicos sobre los efectos de la discreccionalidad
judicial. Son los llamados estudios de sentencing, que logran
detectar desigualdades importantes en la aplicación de la ley
entre órganos judiciales del mismo orden. A la vez, este tipo
de investigaciones han podido detectar prácticas judiciales más
rigurosas hacia determinados grupos sociales y viceversa. En España
no existe tradición en los estudios de este tipo
(12). Desde luego
no existe ningún estudio de sentencing que relacione la
discrecionalidad judicial con la etnia de las personas encausadas, lo
que sería muy útil para detectar posibles prácticas
discriminatorias.
Iniciativas
en materia de Targeting policial. Uno de los mecanismos iniciales
de selección y discriminación que posee el sistema penal
es el targeting policial o la decisión de qué zonas
se vigilan y, dentro de ellas, de qué colectivos o personas se
vigilan más. El hecho de que en un delito como el tráfico
de drogas exista una cifra oscura cercana al 90%, implica que sólo
se persigue una mínima parte de esta actividad delictiva. Hemos
intentado conocer cómo se fijan las prioridades policiales en
este sentido, pero sin éxito. Sin embargo, del testimonio de
gitanos y gitanas se desprende que sufren una mayor vigilancia en comparación
con el resto de la población.
Como ya se ha mencionado a lo largo de este documento, resulta inquietante
el empleo cada vez más habitual de las medidas represivas para
gestionar problemas sociales con raíces profundas. Un ejemplo
de esta tendencia la encontramos en la relación de las instituciones
con una parte de la población gitana. El contundente despliegue
de los resortes policiales, dificulta enormemente la entrada de otras
instancias más eficaces y menos violentas de gestión de
los problemas sociales existentes. Las propuestas en este sentido son
claras: revisar la tendencia descrita, a la vista de su evidente fracaso
social y de sus "efectos colaterales" en el seno de la comunidad
gitana.
Eliminar estrategias policiales basadas en premiar el número
de personas detenidas en lugar de la cantidad de droga incautada.
Frente a las estrategias represivas, se proponen mecanismos no violentos
de gestión (más eficaces a la larga y, desde luego mucho
más económicos) como, por ejemplo, la mediación
entre la población gitana actualmente vigilada, por su presumible
implicación en el "menudeo" de droga, y la Administración.
Cualquiera de las medidas que proponemos en el apartado "Propuestas
para transformar las situaciones de exclusión laboral y precariedad
económica de gran parte de la población gitana" puede
servir como alternativa a la sistemática intervención
policial.
Formación
de los y las profesionales de las distintas instancias del sistema penal
sobre realidad social y cultura gitana. En la Introducción
de este documento se realiza una breve mención a la actitud de
rechazo hacia población gitana, explicitada por un 45% de los
ciudadanos y ciudadanas de nuestro país (ver Introducción).
En este porcentaje están englobados, por supuesto, los y las
profesionales del sistema penal. Como se ha expuesto más arriba,
la mejor manera de derribar los estereotipos negativos que rodean a
"lo gitano" en nuestra sociedad, es fomentar el conocimiento
de su realidad histórica y cultural.
Sería importante que, a través de convenios entre la
Administración de Interior y Justicia y las distintas asociaciones
gitanas, la formación fuese desempeñada fundamentalmente
por gitanas y gitanos.
Las propuestas en este ámbito están dirigidas
a promover programas de formación sobre la Historia, la cultura
y la realidad social de la comunidad gitana, para los grupos profesionales
del sistema penal:
Formación
del personal de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, desde las policías
local y autonómica (donde exista) hasta la policía nacional
y la guardia civil. Existen precedentes de formación de guardias
civiles a cargo de mediadores gitanos que deberían extenderse.
Es importante que las nuevas generaciones de policías y guardias
civiles conozcan que hace tan sólo dos décadas, las fuerzas
de seguridad de este país, tenían entre sus tareas la
de vigilar y reprimir especialmente a la comunidad gitana.
Formación
de los y las profesionales de la Administración de Justicia,
con especial hincapié en fiscales, jueces, juezas, magistradas
y magistrados. Este grupo de profesionales presenta, en general,
un nivel de desconocimiento de la cultura gitana similar al del resto
de la ciudadanía, con el agravante de que su tarea le lleva a
decidir cuestiones de máxima envergadura como la libertad, el
encarcelamiento, la aplicación de sustitutivos penales o la prisión
preventiva de una persona encausada. Incluso, que el único contacto
que establecen con la población gitana se realice a través
de quienes cometen delitos, puede reforzar aún más las
imágenes estereotipadas de la realidad gitana.
Más allá de la importancia que otorgamos al conocimiento
de la cultura gitana por parte de jueces, juezas y fiscales, consideramos
de gran importancia que estos y estas profesionales conozcan la realidad
vital de quienes juzgan a diario. Para ello, deberían asesorarse
más a menudo por parte de quienes trabajan y/o forman parte del
tejido social en el que viven la mayoría de las personas con
las que se encuentran en su actuación profesional.
Promover
entre las distintas instancias del sistema penal, el debate sobre las
consecuencias de los espacios de discrecionalidad policial y judicial.
En el capítulo "Análisis de discurso de los agentes
institucionales", hemos puesto de manifiesto que la opinión
más extendida entre fiscales, juezas y jueces es que su actuación
no deja resquicios a la discriminación, más aún
que es objetiva y técnica. Esta opinión tan mayoritaria
revela, en gran medida, que no se han planteado tal posibilidad.
Consideramos que, al igual que se ha hecho en otros países,
debería abordarse en España el debate sobre la existencia
de mecanismos selectivos en el sistema penal y sobre las consecuencias
sociales de dichos mecanismos. Sería importante la participación
en este debate de otros grupos de expertos y expertas, así como
de representantes de colectivos afectados y las administraciones.
Creación
de un Observatorio sobre "la discrecionalidad del sistema penal
y sus consecuencias sociales". Este organismo tendrá
como objetivo estudiar los procesos de selección del sistema
penal, a través del análisis de la actuación de
las distintas instancias que lo conforman. Desde dicho Observatorio
se realizarán estudios sociológicos sobre el sistema judicial
y policial, así como investigaciones sobre cifra oscura
y criminalidad de los grupos con más poder económico y
social, que permitan aportar una perspectiva más amplia y menos
estereotipada sobre los procesos de criminalización.
2. Propuestas dirigidas a aumentar las garantías
y la capacidad de defensa de las mujeres gitanas en el sistema penal.
Muy a menudo la salvaguarda de las garantías de
las personas encausadas, se encuentra relacionada directamente con la
capacidad de defensa que éstas poseen en el proceso. Las mujeres
gitanas que inician el proceso, debido a múltiples factores (nivel
educativo, socialización, nivel económico...) son uno de
los colectivos con menor capacidad de autotutela en el mismo.
Los datos obtenidos a través de las encuestas,
muestran que, sobre todo en el momento de la detención y en la
comisaría, el trato recibido por las mujeres gitanas es más
que deficiente. Como se expone en el Estudio, existen quejas de malos
tratos, humillaciones y amenazas. Del mismo modo, resalta lo dilatado
de su estancia en comisaría, que de forma mayoritaria alcanza las
72 horas, el máximo legal.
Para evitar, tanto esta falta de garantías como
la alta representación de este colectivo en el ámbito penitenciario,
otra línea de actuación importante es la destinada a fomentar
el conocimiento de los derechos y la mejora de sus posibilidades de defensa
en el proceso.
En este sentido las propuestas son las siguientes:
Creación
de una entidad independiente para la supervisión periódica
de la actuación policial en las comisarías. Con el
fin de impulsar el respeto de los derechos y las garantías de
las personas detenidas, sería oportuno crear un mecanismo periódico
para verificar si la actuación policial es adecuada y obtener
las principales quejas en este sentido.
Formación
y sensibilización de abogados y abogadas de oficio sobre
los rasgos de la cultura y realidad gitana. La relación que los
abogados y abogadas establecen con sus clientes tiene un importante
componente subjetivo, y la falta de conocimiento de esta realidad puede
dañar la calidad de su trabajo. Esta formación puede ser
abierta a otro tipo de abogados y abogadas con interés en trabajar
con clientes gitanos.
En este sentido podría ser interesante la puesta en marcha de
un proyecto piloto con abogados y abogadas, contratados por el Estado,
especialistas en causas con población gitana, en el mismo sentido
que los programas de Legal-Aid de los EEUU y otros países.
Existe una importante falta de recursos para abogados y abogadas de
oficio, lo cual dificulta la dedicación necesaria para sus clientes.
Asignación
de recursos para la creación de asesorías jurídicas
y cursos de formación, orientados a extender el conocimiento
de las leyes y los derechos entre la población gitana, en temas
tan importantes como el derecho penal, los derechos laborales y administrativos
en torno a la venta ambulante o la chatarra, los derechos sobre la vivienda,
etc.
Formación
de abogados y abogadas dentro de la comunidad gitana. En la actualidad
existen probablemente menos de 10 gitanos o gitanas que ejercen la abogacía
en nuestro país. Una de las prioridades en el ámbito de
la formación de profesionales de esta comunidad debería
ser la promoción de profesionales del derecho. Esta es una meta
a largo plazo, que sería compatible con proyectos de formación
a corto plazo de asesores "para-legals", dentro de
la comunidad gitana o personas que con una formación jurídica
mínima, ejerzan de "puente" entre la justicia y la
comunidad gitana.
Estas personas, además de enseñar a la comunidad gitana
sus derechos, podrían trabajar también con abogados y
abogadas de oficio, con profesionales de la administración de
justicia o, como más adelante se propondrá, con el personal
penitenciario.
Existe constancia de que abogados y abogadas que trabajan por cuenta
propia, a quienes acuden clientes gitanos y gitanas, aprovechan el desconocimiento
que estas personas tienen de sus derechos y del funcionamiento del sistema
jurídico-penal, para ofrecerles servicios deficientes a cambio
de unas grandes sumas de dinero. Muchas familias gitanas, incluso con
recursos económicos limitados, tratan de reunir el dinero suficiente
para pagar a un abogado o abogada, ya que consideran que aquello que
se paga es siempre mejor que lo gratis. En esta misma línea,
en las entrevistas y en las encuestas algunas reclusas hacen referencia
al pago realizado a algún abogado por servicios inexistentes.
Las mejoras propuestas en este apartado ayudarían a eliminar
estas prácticas.
Prestar especial
atención en los juicios con jurado, con el fin de asegurar
que se detecten y reduzcan los efectos de los posibles prejuicios contra
la comunidad gitana, ampliamente extendidos en nuestra sociedad.
12. Hemos tenido
conocimiento de que un grupo de investigadores/as de la Universidad Autónoma
de Barcelona está realizando un estudio sobre sentencing penitenciario.
En concreto sobre discrecionalidad en la concesión del tercer grado y
la libertad condicional. Es imprescindible que este tipo de estudios se
extienda y sus resultados lleguen a la opinión pública.
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