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PROYECTO BARAÑÍ
criminalización y reclusión de mujeres gitanas
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Cap 4. Recomendaciones y líneas de acción

4.2. Mujeres gitanas ante el sistema penal

Además de las circunstancias de precariedad económica y exclusión laboral, que pueden fomentar la actividad delictiva de una parte de las mujeres gitanas, en los procesos de criminalización interactúan dos importantes factores que hacen que la tasa de mujeres gitanas en la cárcel sea tan elevada. El primero, la discrecionalidad del sistema penal, que selecciona a los grupos más desfavorecidos de la sociedad; el segundo, la escasa capacidad de tutela de las mujeres gitanas en este ámbito. El desconocimiento casi absoluto que poseen de los derechos que les asisten, así como del funcionamiento del procedimiento, hace que sean mucho más vulnerables ante la eventual falta de garantías a lo largo del proceso penal.

En este apartado se proponen una serie de medidas para tratar de modificar las circunstancias apuntadas dentro de dos líneas de acción:

1. Propuestas dirigidas a conocer y prevenir la discriminación de las mujeres gitanas y su especial selección, en la actuación de las distintas instancias del sistema penal.

2. Propuestas dirigidas a aumentar las garantías y la capacidad de defensa de las mujeres gitanas ante el sistema penal.

 

1. Propuestas dirigidas a conocer y prevenir la discriminación y la especial selección de las gitanas en la actuación de las distintas instancias del sistema penal.

Como se ha visto en el apartado "Mujeres gitanas y procesos de selección penal", la actuación de las instancias que intervienen en el sistema penal no es neutra. Existen en cada uno de los engranajes de la cadena punitiva, desde la decisión de tipificar una conducta como delito hasta la de conceder la libertad condicional a una persona presa, un sinfín de resquicios para la discrecionalidad. Estos resquicios funcionan a modo de filtros, favoreciendo la expulsión del sistema de unos grupos sociales y la permanencia de otros.

La actuación selectiva de las instancias de control no obedece a ningún mandato supremo, ni siquiera a la infiltración en su seno de profesionales especialmente racistas o clasistas. Se debe al hecho de que los y las profesionales de la cadena de control penal son personas y, como tales, poseen prejuicios, ideologías, vivencias,... Circunstancias todas ellas que posibilitan una mayor identificación y complicidad (subconsciente) con los grupos sociales más afines en experiencias, clase social o etnia.

Las alternativas que aquí se proponen están dirigidas a transformar algunas actuaciones de las instancias de control penal. Los cambios que se plantean tienen gran importancia, pues podrían generar, además, un cambio de actitud dentro de la comunidad gitana hacia las instituciones.

El reconocimiento de la legitimidad de las leyes y su sistema de aplicación es el mecanismo más eficaz frente a las actividades delictivas o antisociales. En el caso de la comunidad gitana, la legalidad "paya" ha sido a lo largo de la Historia una legalidad opresora, perseguidora, lo que hace muy difícil este reconocimiento en la actualidad. Éste sólo puede ganarse desde el respeto más escrupuloso al principio de no discriminación, conociendo y corrigiendo actuaciones selectivas y respetando al máximo las garantías en el proceso de un colectivo con una escasa capacidad de tutela en este ámbito.

Desde esta perspectiva, las propuestas son las siguientes:

En primer lugar, las distintas administraciones deberían realizar el esfuerzo de recoger todos los datos relativos al proceso penal, desde el principio hasta el final (en comisaría, en el juzgado de guardia, en la fase de instrucción, en el juicio oral, en la fase de ejecución de la sentencia, en el medio penitenciario). Ello permitiría tener una idea del proceso como algo dinámico y jalonado de decisiones-filtro.

Conocer las consecuencias de los espacios de discreccionalidad de las instancias que intervienen en el proceso penal. Para intervenir contra las prácticas discriminatorias de las instancias de control, es preciso conocer exactamente en qué espacios del proceso se producen. En los países anglosajones y en otros países con sistemas jurídicos más afines al español, se realizan asiduamente estudios sociológicos sobre los efectos de la discreccionalidad judicial. Son los llamados estudios de sentencing, que logran detectar desigualdades importantes en la aplicación de la ley entre órganos judiciales del mismo orden. A la vez, este tipo de investigaciones han podido detectar prácticas judiciales más rigurosas hacia determinados grupos sociales y viceversa. En España no existe tradición en los estudios de este tipo (12). Desde luego no existe ningún estudio de sentencing que relacione la discrecionalidad judicial con la etnia de las personas encausadas, lo que sería muy útil para detectar posibles prácticas discriminatorias.

Iniciativas en materia de Targeting policial. Uno de los mecanismos iniciales de selección y discriminación que posee el sistema penal es el targeting policial o la decisión de qué zonas se vigilan y, dentro de ellas, de qué colectivos o personas se vigilan más. El hecho de que en un delito como el tráfico de drogas exista una cifra oscura cercana al 90%, implica que sólo se persigue una mínima parte de esta actividad delictiva. Hemos intentado conocer cómo se fijan las prioridades policiales en este sentido, pero sin éxito. Sin embargo, del testimonio de gitanos y gitanas se desprende que sufren una mayor vigilancia en comparación con el resto de la población.

Como ya se ha mencionado a lo largo de este documento, resulta inquietante el empleo cada vez más habitual de las medidas represivas para gestionar problemas sociales con raíces profundas. Un ejemplo de esta tendencia la encontramos en la relación de las instituciones con una parte de la población gitana. El contundente despliegue de los resortes policiales, dificulta enormemente la entrada de otras instancias más eficaces y menos violentas de gestión de los problemas sociales existentes. Las propuestas en este sentido son claras: revisar la tendencia descrita, a la vista de su evidente fracaso social y de sus "efectos colaterales" en el seno de la comunidad gitana.

Eliminar estrategias policiales basadas en premiar el número de personas detenidas en lugar de la cantidad de droga incautada.

Frente a las estrategias represivas, se proponen mecanismos no violentos de gestión (más eficaces a la larga y, desde luego mucho más económicos) como, por ejemplo, la mediación entre la población gitana actualmente vigilada, por su presumible implicación en el "menudeo" de droga, y la Administración.

Cualquiera de las medidas que proponemos en el apartado "Propuestas para transformar las situaciones de exclusión laboral y precariedad económica de gran parte de la población gitana" puede servir como alternativa a la sistemática intervención policial.

Formación de los y las profesionales de las distintas instancias del sistema penal sobre realidad social y cultura gitana. En la Introducción de este documento se realiza una breve mención a la actitud de rechazo hacia población gitana, explicitada por un 45% de los ciudadanos y ciudadanas de nuestro país (ver Introducción). En este porcentaje están englobados, por supuesto, los y las profesionales del sistema penal. Como se ha expuesto más arriba, la mejor manera de derribar los estereotipos negativos que rodean a "lo gitano" en nuestra sociedad, es fomentar el conocimiento de su realidad histórica y cultural.

Sería importante que, a través de convenios entre la Administración de Interior y Justicia y las distintas asociaciones gitanas, la formación fuese desempeñada fundamentalmente por gitanas y gitanos.

Las propuestas en este ámbito están dirigidas a promover programas de formación sobre la Historia, la cultura y la realidad social de la comunidad gitana, para los grupos profesionales del sistema penal:

Formación del personal de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, desde las policías local y autonómica (donde exista) hasta la policía nacional y la guardia civil. Existen precedentes de formación de guardias civiles a cargo de mediadores gitanos que deberían extenderse. Es importante que las nuevas generaciones de policías y guardias civiles conozcan que hace tan sólo dos décadas, las fuerzas de seguridad de este país, tenían entre sus tareas la de vigilar y reprimir especialmente a la comunidad gitana.

Formación de los y las profesionales de la Administración de Justicia, con especial hincapié en fiscales, jueces, juezas, magistradas y magistrados. Este grupo de profesionales presenta, en general, un nivel de desconocimiento de la cultura gitana similar al del resto de la ciudadanía, con el agravante de que su tarea le lleva a decidir cuestiones de máxima envergadura como la libertad, el encarcelamiento, la aplicación de sustitutivos penales o la prisión preventiva de una persona encausada. Incluso, que el único contacto que establecen con la población gitana se realice a través de quienes cometen delitos, puede reforzar aún más las imágenes estereotipadas de la realidad gitana.

Más allá de la importancia que otorgamos al conocimiento de la cultura gitana por parte de jueces, juezas y fiscales, consideramos de gran importancia que estos y estas profesionales conozcan la realidad vital de quienes juzgan a diario. Para ello, deberían asesorarse más a menudo por parte de quienes trabajan y/o forman parte del tejido social en el que viven la mayoría de las personas con las que se encuentran en su actuación profesional.

Promover entre las distintas instancias del sistema penal, el debate sobre las consecuencias de los espacios de discrecionalidad policial y judicial. En el capítulo "Análisis de discurso de los agentes institucionales", hemos puesto de manifiesto que la opinión más extendida entre fiscales, juezas y jueces es que su actuación no deja resquicios a la discriminación, más aún que es objetiva y técnica. Esta opinión tan mayoritaria revela, en gran medida, que no se han planteado tal posibilidad.

Consideramos que, al igual que se ha hecho en otros países, debería abordarse en España el debate sobre la existencia de mecanismos selectivos en el sistema penal y sobre las consecuencias sociales de dichos mecanismos. Sería importante la participación en este debate de otros grupos de expertos y expertas, así como de representantes de colectivos afectados y las administraciones.

Creación de un Observatorio sobre "la discrecionalidad del sistema penal y sus consecuencias sociales". Este organismo tendrá como objetivo estudiar los procesos de selección del sistema penal, a través del análisis de la actuación de las distintas instancias que lo conforman. Desde dicho Observatorio se realizarán estudios sociológicos sobre el sistema judicial y policial, así como investigaciones sobre cifra oscura y criminalidad de los grupos con más poder económico y social, que permitan aportar una perspectiva más amplia y menos estereotipada sobre los procesos de criminalización.

 

2. Propuestas dirigidas a aumentar las garantías y la capacidad de defensa de las mujeres gitanas en el sistema penal.

Muy a menudo la salvaguarda de las garantías de las personas encausadas, se encuentra relacionada directamente con la capacidad de defensa que éstas poseen en el proceso. Las mujeres gitanas que inician el proceso, debido a múltiples factores (nivel educativo, socialización, nivel económico...) son uno de los colectivos con menor capacidad de autotutela en el mismo.

Los datos obtenidos a través de las encuestas, muestran que, sobre todo en el momento de la detención y en la comisaría, el trato recibido por las mujeres gitanas es más que deficiente. Como se expone en el Estudio, existen quejas de malos tratos, humillaciones y amenazas. Del mismo modo, resalta lo dilatado de su estancia en comisaría, que de forma mayoritaria alcanza las 72 horas, el máximo legal.

Para evitar, tanto esta falta de garantías como la alta representación de este colectivo en el ámbito penitenciario, otra línea de actuación importante es la destinada a fomentar el conocimiento de los derechos y la mejora de sus posibilidades de defensa en el proceso.

En este sentido las propuestas son las siguientes:

Creación de una entidad independiente para la supervisión periódica de la actuación policial en las comisarías. Con el fin de impulsar el respeto de los derechos y las garantías de las personas detenidas, sería oportuno crear un mecanismo periódico para verificar si la actuación policial es adecuada y obtener las principales quejas en este sentido.

Formación y sensibilización de abogados y abogadas de oficio sobre los rasgos de la cultura y realidad gitana. La relación que los abogados y abogadas establecen con sus clientes tiene un importante componente subjetivo, y la falta de conocimiento de esta realidad puede dañar la calidad de su trabajo. Esta formación puede ser abierta a otro tipo de abogados y abogadas con interés en trabajar con clientes gitanos.

En este sentido podría ser interesante la puesta en marcha de un proyecto piloto con abogados y abogadas, contratados por el Estado, especialistas en causas con población gitana, en el mismo sentido que los programas de Legal-Aid de los EEUU y otros países.

Existe una importante falta de recursos para abogados y abogadas de oficio, lo cual dificulta la dedicación necesaria para sus clientes.

Asignación de recursos para la creación de asesorías jurídicas y cursos de formación, orientados a extender el conocimiento de las leyes y los derechos entre la población gitana, en temas tan importantes como el derecho penal, los derechos laborales y administrativos en torno a la venta ambulante o la chatarra, los derechos sobre la vivienda, etc.

Formación de abogados y abogadas dentro de la comunidad gitana. En la actualidad existen probablemente menos de 10 gitanos o gitanas que ejercen la abogacía en nuestro país. Una de las prioridades en el ámbito de la formación de profesionales de esta comunidad debería ser la promoción de profesionales del derecho. Esta es una meta a largo plazo, que sería compatible con proyectos de formación a corto plazo de asesores "para-legals", dentro de la comunidad gitana o personas que con una formación jurídica mínima, ejerzan de "puente" entre la justicia y la comunidad gitana.

Estas personas, además de enseñar a la comunidad gitana sus derechos, podrían trabajar también con abogados y abogadas de oficio, con profesionales de la administración de justicia o, como más adelante se propondrá, con el personal penitenciario.

Existe constancia de que abogados y abogadas que trabajan por cuenta propia, a quienes acuden clientes gitanos y gitanas, aprovechan el desconocimiento que estas personas tienen de sus derechos y del funcionamiento del sistema jurídico-penal, para ofrecerles servicios deficientes a cambio de unas grandes sumas de dinero. Muchas familias gitanas, incluso con recursos económicos limitados, tratan de reunir el dinero suficiente para pagar a un abogado o abogada, ya que consideran que aquello que se paga es siempre mejor que lo gratis. En esta misma línea, en las entrevistas y en las encuestas algunas reclusas hacen referencia al pago realizado a algún abogado por servicios inexistentes. Las mejoras propuestas en este apartado ayudarían a eliminar estas prácticas.

Prestar especial atención en los juicios con jurado, con el fin de asegurar que se detecten y reduzcan los efectos de los posibles prejuicios contra la comunidad gitana, ampliamente extendidos en nuestra sociedad.


12. Hemos tenido conocimiento de que un grupo de investigadores/as de la Universidad Autónoma de Barcelona está realizando un estudio sobre sentencing penitenciario. En concreto sobre discrecionalidad en la concesión del tercer grado y la libertad condicional. Es imprescindible que este tipo de estudios se extienda y sus resultados lleguen a la opinión pública.
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29 de febrero de 2000