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PROYECTO BARAÑÍ
criminalización y reclusión de mujeres gitanas
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Cap 4. Recomendaciones y líneas de acción

4.4 Mujeres gitanas en la cárcel

Recientemente, dos estudios han detallado la situación actual y las deficiencias en las cárceles españolas (13). A ellos nos remitimos para cuestiones que afectan al conjunto de las personas presas y, desde luego, consideramos primordial que sus críticas y recomendaciones sean tomadas en consideración y sirvan para impulsar cambios destinados a mejorar la situación de los reclusos y reclusas. La realización de informes e investigaciones en el medio penitenciario presenta muchas más dificultades que en otros ámbitos, razón por la cual es muy importante aprovechar los resultados obtenidos en dichas investigaciones, para conocer una realidad olvidada e invisible y discutir propuestas de cambio.

Tras la remisión hecha a las recomendaciones existentes en los trabajos citados, para cuestiones más generales, las líneas de actuación relativas a la situación de las mujeres gitanas en la cárcel se estructuran del siguiente modo. En primer lugar, haremos referencia a recomendaciones de tipo regimental, en segundo lugar, proponemos medidas de formación sobre la cultura gitana para el personal que trabaja en el medio carcelario, así como iniciativas de formación profesional y educativa para las reclusas gitanas. Por último, además de hacer referencia a la necesidad del apoyo post-penitenciario, dedicamos un apartado a proponer la modificación de aspectos concretos que actualmente suponen una vulneración de los derechos de las reclusas.

 

Propuestas sobre mecanismos de semi-libertad.

Como se ha comentado a lo largo de este Informe, la condena media de las reclusas gitanas encuestadas, es de unos 7 años de prisión. Estas largas condenas, si se cumplen íntegramente en el medio penitenciario, pueden producir efectos muy nocivos para la persona (y para los familiares) como el desarraigo o, incluso, la ruptura de vínculos familiares, la desestructuración personal y la pérdida de referencias fuera de la cárcel.

Por ello, es preciso arbitrar medidas específicas destinadas a las reclusas gitanas, con el objetivo de adelantar su contacto con el medio extrapenitenciario a través de programas de semilibertad. Estos programas permitirían a las mujeres gitanas cumplir buena parte de la condena en un medio más "normalizado" y menos estigmatizante que la prisión. Se trataría de establecer convenios con organizaciones sociales que posean pisos tutelados, y permitir, principalmente a las mujeres con largas condenas, que una parte importante de la misma las cumplan en estos centros.

Existen algunas iniciativas muy positivas de pisos tutelados en combinación con proyectos de formación y empleo. Sería muy importante extender este tipo de iniciativas, mucho más económicas que el mantenimiento de una persona presa en un centro penitenciario. Como ejemplo, el Proyecto Arco Iris en Madrid para reclusas en tercer grado combina un piso tutelado y una empresa de reprografía. En los más de cinco años que lleva funcionando este proyecto ha obtenido resultados muy destacables en el ámbito de la inserción sociolaboral de las reclusas.

Para realizar estos proyectos es preciso que las reclusas sean ubicadas en cárceles próximas a su lugar de residencia, una reivindicación por otro lado básica desde un punto vista humanitario.

Recomendaciones de tipo regimental y/o arquitectónico.

Otra línea de recomendaciones, en cierto modo vinculada a la anterior, es la que hace referencia al régimen de vida y al tipo de establecimiento que alberga a las mujeres gitanas durante su larga condena. En nuestro país, cada vez son más los nuevos centros penitenciarios construidos siguiendo el prototipo de macro-centro elaborado en 1991. Hoy día podemos decir que la mayoría de las cárceles pequeñas y antiguas han sido sustituidas por establecimientos grandes y modernos. Este cambio, que en principio podría parecer inocuo, ha despertado críticas, no sólo entre las reclusas que prefieren los antiguos centros donde el contacto con el personal era mayor y existía mayor "libertad de movimiento", sino también entre los funcionarios y funcionarias.

En general, los nuevos centros penitenciarios están siendo creados en función de la seguridad y la vigilancia sin tener en cuenta la escala humana, lo que ha supuesto un retroceso en la configuración de un espacio carcelario menos opresivo tanto para los presos y presas como para el personal que allí trabaja. Un ejemplo de esta comparación es la opinión de las reclusas de Madrid, para quienes la cárcel de Soto del Real resulta mucho más dura que la más antigua y reducida de Alcalá Meco-Mujeres o incluso el ya cerrado módulo de mujeres de Carabanchel.

La mayoría de las reclusas y los reclusos no plantean problemas de agresividad y violencia. En el caso de las reclusas gitanas esto se refleja, entre otras cosas, en el tipo de delito por el cual están en la cárcel. Sin embargo, el tipo de establecimiento actualmente generalizado prevé unas medidas de seguridad excesivas. Sería recomendable diseñar otro tipo de establecimiento más pequeño y menos opresor.

En algunos países de nuestro entorno existen distintos tipos de establecimientos penitenciarios. En la mayoría de ellos, la modalidad de macrocentro que se está imponiendo en España, corresponde al centro de máxima seguridad.

A la vista de estas experiencias, sería interesante explorar en nuestro país, modelos penitenciarios de "mínima seguridad", menos opresores y mucho más económicos. Esta experiencia podría comenzar con las mujeres reclusas ya que, en general, no representan problemas de seguridad, ni de intento de fuga, ni de violencia contra funcionarias ni contra otras reclusas.

Iniciativas relacionadas con la formación del funcionariado sobre cultura y realidad de la comunidad gitana.

A pesar de la estrecha "convivencia" que mantienen las funcionarias y funcionarios con las reclusas gitanas, se ha detectado por su parte el mismo desconocimiento sobre la realidad gitana que en el resto de la sociedad.

Este desconocimiento reviste gran transcendencia en el caso de los y las profesionales de los equipos de tratamiento, ya que son quienes se encargar de elaborar pronósticos, evaluaciones y propuestas de cara a la progresión de grado, permisos o libertad condicional. Esta labor, que introduce una importante cuota de valoración subjetiva, precisa de un amplio conocimiento sobre las especificidades culturales de las gitanas para que éstas no resulten perjudicadas. Los conceptos de normalización, integración y reinserción dejan un margen muy importante de discrecionalidad influido por juicios de valor culturales.

Esta es la razón por la que resulta fundamental que estos y estas profesionales tengan amplios conocimientos sobre los valores y la cultura de las gitanas. Para ello se propone la realización de cursos de formación sobre su historia, economía, modo de vida y heterogeneidad, dentro de su comunidad.

Recurrir a las asociaciones gitanas para la organización de este tipo de cursos de formación, sería la mejor opción.

Por otra parte la figura de "mediadores y mediadoras" propuesta para servir de puente entre la comunidad gitana y las instituciones, tendría cabida también en el medio penitenciario con el objeto de asesorar en posibles conflictos o problemas que enfrenten a la administración penitenciaria y las reclusas gitanas. Hemos podido conocer casos en los que Instituciones Penitenciarias de Catalunya ha recurrido a miembros de la Federación de Asociaciones Gitanas para mediar con reclusos y reclusas gitanas, una practica que sería interesante potenciar e instituir a nivel estatal.

Formación específica para reclusas gitanas en el medio penitenciario.

Si se quiere garantizar un mínimo de éxito en el trabajo de preparación de las reclusas gitanas para la libertad, es preciso reconocer que su vida en libertad es muy distinta a la de otras reclusas. Por ello, es preciso partir del conocimiento sobre sus condiciones para orientar programas de preparación para la vida en libertad. La labor de identificar las necesidades de las reclusas gitanas, para posteriormente establecer programas específicos, ha sido iniciada por la Dirección de Servicios Penitenciarios de Cataluña. Teniendo en cuenta el gran número de gitanas que están presas en las cárceles del resto del Estado, esta iniciativa debería ser adoptada por el conjunto de cárceles españolas con presencia de reclusas gitanas.

Un ejemplo de este tipo de programas específicos de intervención con reclusas gitanas, es el realizado por el Secretariado General Gitano actualmente en las cárceles de Soto del Real (Madrid) y Villanubla (Valladolid). Este programa posee, desde cursillos, baile o una "Escuela de Mujeres", hasta acompañamiento y apoyo específico durante permisos o tercer grado. Dicho programa debería también ser ampliado al resto de las cárceles que albergan reclusas gitanas.

Otra iniciativa interesante en este sentido es el Proyecto Caló, coordinado por CREA y realizado con el apoyo de la Dirección General de Serveis Penitenciaris de Catalunya, que supone un trabajo intensivo con reclusos y reclusas gitanas para identificar sus necesidades, con vistas a su futura participación en un taller-escuela una vez conseguido el tercer grado. Las dificultades de este proyecto radican en la falta de coordinación entre la Direcció General y los jueces y juezas de vigilancia penitenciaria a la hora de conceder el tercer grado a los y las jóvenes participantes en el proyecto.

Otros programas específicos orientados a reclusas gitanas, serían los desarrollados por Unión Romaní en la cárcel de Alcalá de Guadaira (Sevilla) y por la Asociación de Mujeres Gitanas Romí de Granada en la cárcel de Granada. Existen, además, actividades culturales esporádicas promovidas por otras Asociaciones Gitanas.

La participación de las Asociaciones Gitanas, particularmente de Asociaciones de Mujeres Gitanas, en el trabajo de apoyo y educación para las reclusas resulta fundamental.

En suma, para que la labor de inserción de las reclusas gitanas sea real y efectiva deberían detectarse, en primer lugar, las necesidades específicas de estas mujeres para establecer programas orientados a cubrirlas. La colaboración de las organizaciones gitanas es una garantía en este sentido.

En las encuestas realizadas se ha detectado una importante carencia de actividades en las cárceles de mujeres y la falta de continuidad de muchas iniciativas. Por otra parte, las reclusas revelaban una gran demanda de talleres productivos. Los exiguos ingresos que proporcionan este tipo de talleres son una importante ayuda para las precarias economías de muchas reclusas gitanas.

Aplicación de sustitutivos penales para madres reclusas.

A lo largo de nuestro trabajo hemos podido visitar los módulos de madres de tres cárceles españolas y entrevistar a reclusas embarazadas y a madres que cumplen condena con su/s bebés. El hecho de que más de 150 niños y niñas vivan con sus madres en la cárcel o que se esté encarcelando (incluso de forma preventiva) a mujeres embarazadas, pone de manifiesto las gravísimas y desproporcionadas consecuencias que trae consigo la imposición de penas de cárcel. Cuando a una madre se la separa de su hijo de 3 años porque tiene que permanecer presa, cuesta creer que la finalidad del sistema punitivo vaya más allá del mero castigo.

La Resolución del Parlamento Europeo de 26 mayo 1989 (D.O.C.E 26-6-89) sobre mujeres y niños encarcelados, supuso una clarísima llamada de atención a los Estados sobre los nocivos efectos de la cárcel en las personas en general y, en particular, sobre los menores. La resolución citada "insta a los Estados miembros a que, con carácter de urgencia, investiguen y apliquen medidas de sustitución de la pena de prisión".

Nuestras propuestas van precisamente en esa dirección. Creemos que resulta esencial destinar fondos a crear programas de semilibertad y de apoyo real a la inserción social no de un pequeño número sino de todas las reclusas madres. La separación a los 3 años de edad, no beneficia ni a las reclusas ni a sus hijas e hijos. Se ha de encontrar una manera de afrontar el problema, no desde el conflicto de intereses (que en el fondo no es tal) entre la madre y el hijo, sino desde la toma en consideración de las consecuencias que puede acarrear la separación del núcleo familiar, a raíz de la imposición de una pena de cárcel.

Trabajo con los familiares de las presas.

Proyectos orientados al trabajo con familiares de las presas es otra área a explorar teniendo en cuenta la gran importancia de la estructura familiar dentro de la cultura gitana.

Apoyo post-penitneciario

El apoyo a la salida de la cárcel es una pieza esencial para romper la espiral de criminalización. Sin embargo, actualmente, este ámbito está absolutamente descuidado, siendo la única medida visible la concesión de la prestación por desempleo a quienes salen de la cárcel. La importancia de la intervención en este momento, de desarraigo personal y dificultad de inserción laboral, debe ser puesta de relieve y, en consecuencia, deberían destinarse muchos más recursos al acompañamiento post-penitencario.

Las propuestas en este ámbito son las siguientes:

Agilizar la concesión de la prestación por desempleo a las personas que salen de la cárcel. Actualmente el cobro de esta no se produce de forma inmediata, sino que suele demorarse hasta un mes. Si tenemos en cuenta la gran proporción de ex-presas y ex-presos que no tienen recursos económicos con los que mantenerse a la salida de prisión, comprenderemos que arbitrar mecanismos para agilizar el cobro del desempleo es una medida prioritaria.

Realizar convenios entre la administración penitenciaria y los servicios sociales para poner en marcha programas de apoyo pospenitenciario, que ayuden a las personas que salen de la cárcel a facilitar el contacto con la sociedad en los distintos ámbitos: trabajo, vivienda, ayuda para problemas de drogodependencia.

Es importante que esta tarea de los servicios sociales no suponga un control extramuros a cambio de una mínima ayuda. Esto, a parte de desvirtuar el sentido de la ayuda postpenitenciaria, sólo serviría para ahuyentar a los y las usuarias.

Destinar fondos a la subvención de pisos de acogida a personas que salen de la cárcel y carecen de apoyo familiar. Cada vez existen más asociaciones que dedican sus esfuerzos al apoyo de las personas presas. Los Equipos de tratamiento en muchas ocasiones condicionan la concesión de permisos, terceros grados, e incluso la libertad condicional, al apoyo externo del/la recluso/a, cosa no demasiado frecuente. Fomentar los lazos de las personas presas con la sociedad, a través de organizaciones cívicas, es una tarea primordial. El coste de este tipo de proyectos casi siempre será menor que el coste de la estancia en la cárcel.

Establecer un apoyo específico a ex -reclusas gitanas con problemas de drogodependencia. Como se ha comentado más arriba la drogodependencia es un problema relativamente nuevo entre la población gitana femenina. Sin embargo, de los datos obtenidos en las encuestas el nivel de consumo de drogas es similar al que presentan el resto de las reclusas.

 

Iniciativas destinadas a garantizar algunos derechos de las reclusas gitanas

 

Acercar a las reclusas a su entorno familiar. Hemos podido comprobar que un número importante de reclusas estaban presas en cárceles alejadas de su entorno. Sólo el 56% de las reclusas gitanas están presas su provincia de residencia y una un 14% está presa fuera de su Comunidad Autónoma. Ello implica que las familias deben afrontar gastos cuantiosos para comunicar y que se vea dificultado el derecho a la comunicación de los reclusos con las personas allegadas. El acercamiento de las reclusas debería ser una cuestión prioritaria para fortalecer así la capacidad del apoyo familiar.

Trasladar a todas las reclusas a establecimientos específicos de mujeres. Aún existen presas en edificios anexos a cárceles de hombres, lo cual dificulta enormemente el acceso de estas mujeres a las prestaciones básicas: sanidad, talleres, equipo de tratamiento, etc. Aunque cada vez son menos las reclusas que continúan en esta situación, es preciso que sea una prioridad ubicar a todas las presas en cárceles específicas de mujeres.

Poner en marcha programas de formación jurídica básica, que con el nombre "Conoce tus derechos", inaugure una forma de asesoramiento legal a reclusas gitanas en todo lo relacionado con el proceso, la condena y los beneficios penitenciarios, así como los derechos que le asisten a su salida de la cárcel: dónde acudir para obtener los derechos más básicos que les asisten, en materia de vivienda, de trabajo, de prestaciones por hijos/as, etc.

Estos programas vendrían a cubrir una de las lagunas mayores que hemos detectado a través de la encuesta: el gran desconocimiento que las reclusas gitanas poseen de sus derechos.

Estudio de las consecuencias de los espacios de discrecionalidad del ámbito penitenciario. Del mismo modo que se ha apuntado en relación a las instancias del sistema penal, es preciso estudiar las consecuencias de la discrecionalidad en el ámbito penitenciario. Las decisiones tomadas en este ámbito presentan en muchos casos elementos subjetivos y es por ello que se precisa conocer el alcance de dicha subjetividad.

Destinos, concesión de permisos, grados de tratamiento, libertad condicional, son algunos de los ejemplos de las importantes decisiones que se adoptan en este ámbito.

Para conocer si las valoraciones de los equipos de tratamiento sobre las reclusas gitanas eran similares a las de las otras reclusas, y para conocer con qué criterios se les denegaban o admitían beneficios penitenciarios, nuestro equipo solicitó a Instituciones Penitenciaras que nos permitiera examinar de forma anónima algunos expedientes. Esta petición fue denegada con el argumento de que supondría una violación del derecho a la intimidad y que dicha valoración es "subjetiva".

Profundizar en las posibles áreas de discrecionalidad sería un primer paso para desarrollar mecanismos y criterios más claros y menos subjetivos para la valoración de la evolución de las reclusas.

Estudiar las decisiones de los jueces y las juezas de vigilancia, cuyo margen de discrecionalidad también puede tener consecuencias importantes en el sentido de seleccionar negativamente a las reclusas gitanas. En Italia se han realizado los llamados estudios de "sentencing penitenciario", cuyo objetivo es conocer si todas las personas condenadas, ante presupuestos objetivos iguales, tienen las mismas oportunidades de acceder a los distintos beneficios penitenciarios, o si existe en este ámbito una selección similar a la detectada en el sistema penal.

Estudiar el mecanismo de petición y concesión de indultos por parte del Ministerio de Justicia. Mas de 1.000 personas al año se ven beneficiadas por esta medida de gracia, pero no hemos podido saber si este recurso es aprovechado por las gitanas condenadas, sobre todo aquellas condenadas a largas penas de cárcel. Sería importante apoyar el acceso de reclusas gitanas a estas medidas, ya que los indultos totales o parciales podrían servir para corregir de algún modo los efectos del actual rigor sancionador.


13. El estudio Mil voces presas realizado por Julián Ríos y Pedro Cabrera y publicado en 1998 y el Informe sobre la situación de las cárceles españolas de la Asociación Pro-Derechos Humanos publicado en 1999, describen las deficiencias de un panorama penitenciario con más "sombras que luces".
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29 de febrero de 2000